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Tratan proyecto que modifica Estatuto de la Docencia Media, Especial y Superior

Los cambios propuestos, vinculados a las condiciones de ingreso del personal docente, fueron tratados en reunión conjunta por las comisiones de Educación y de Legislación General. Por otra parte, se emitió despacho a un proyecto de ley que propone la capacitación obligatoria en discapacidad para agentes públicos y funcionarios del Estado provincial.

En una reunión virtual conjunta, las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología e Informática y de Legislación General dieron tratamiento a un proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, que modifica e incorpora distintos artículos al Decreto-Ley N° 214 sobre Estatuto y Escalafón de la Docencia Media, Especial y Superior, principalmente vinculados a las condiciones de ingreso al sistema educativo del personal docente provincial.

A los efectos de dar respuesta a inquietudes de las legisladoras y los legisladores de la comisión participó del encuentro Verónica Soisa, directora de Asuntos Legales del Ministerio de Educación de la Provincia.

La principal modificación propuesta establece que sólo podrán acceder a horas titulares quienes posean título docente y quienes acrediten títulos habilitantes y supletorios solo podrán cubrir horas interinas o suplentes.

El texto de la ley propuesta señala que “el requerimiento del título docente apunta a la profesionalización de la carrera docente y la calidad en la enseñanza, como derecho superior del niño, niñas y adolescentes”. Asimismo, “se propicia que tengan acceso en el derecho de acrecentamiento, exclusivamente aquellos con formación docente”.

Debe entenderse que no se restringe al aspirante con título habilitante o supletorio al acceso a la docencia, solo que lo harán con carácter interino o suplente, reservando la condición de titular para los aspirantes con títulos docente. Los docentes en ejercicio que no acrediten título docente o el trayecto pedagógico podrán acceder a la titularidad si en un plazo máximo de cuatro años cumplen con ese requisito.

Por otra parte, se establece que “el docente que posea menos de veinte horas cátedra, podrá incrementar su carga horaria en el mismo establecimiento de revista, solo en horas cátedra vacantes, siempre que acrediten título docente”. La modificación excluye, por omisión, la posibilidad de acrecentar en cargos docentes.

Cabe recordar que el pasado 2 de abril, se celebró un acuerdo entre el Ministerio de Educación y la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC) que convenía proyectar la modificación del Decreto Ley Nº 214/E763 a fin de incorporar requisitos de idoneidad para el ingreso a la docencia y el título Docente para acceder a la condición de docente titular.

Asimismo, se instaba a la titularización de los docentes de las Escuelas del Programa Avanzado de Educación a Nivel Secundario en Educación en Tecnologías de la información y la Comunicación (ProA), a los docentes del Programa de Inclusión y Terminalidad de la Educación Secundaria (PIT) y a los Coordinadores de Curso de Nivel Secundario.

La reunión fue presidida por las legisladoras Sara Abraham y Julieta Rinaldi.

Despacho para proyecto sobre formación obligatoria en discapacidad

Por otra parte, en la misma reunión, las comisiones de Derechos Humanos y Desarrollo Social -presidida por la legisladora Natalia de la Sota- de Educación y de Legislación General emitieron despacho favorable para el tratamiento de dos proyectos de ley compatibilizados que proponen la obligatoriedad de implementar en los tres poderes del Estado provincial una capacitación en discapacidad para todos los agentes públicos y funcionarios.

El Proyecto de Ley Nº 31746/L/20, iniciado por el bloque de Hacemos por Córdoba, establece la implementación del Programa “Córdoba Inclusiva”, destinado a la formación obligatoria en el trato adecuado a personas con discapacidad y a la accesibilidad universal de los espacios de dominio y uso público. En tanto, el Proyecto de Ley Nº 30646/L/20, iniciado por el Bloque de la Unión Cívica Radical, estable la capacitación obligatoria, continua, permanente y actualizada en Derechos de la Discapacidad en el ámbito de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

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