El Camino de la Ley
1. Los proyectos que se tratan en la Legislatura pueden ser presentados por:
– Un legislador o un grupo de legisladores
– El Poder Ejecutivo
– Los ciudadanos, a través de una iniciativa popular
2. Los proyectos presentados ingresan a través de la Secretaría Legislativa. Toman estado parlamentario cuando son enunciados en el recinto.
3. Se derivan a la comisión o comisiones correspondientes, donde los miembros estudiarán el proyecto.
4. Una vez que los legisladores estudiaron el proyecto, lo despachan y se comunica su dictamen a la Secretaría Legislativa.
5. Cuando los despachos de comisión fueron girados a Secretaría Legislativa, se envían al cuerpo legislativo para su tratamiento, que será en la siguiente sesión.
6. Durante la sesión, se realiza el tratamiento del proyecto y la votación. Allí puede ser aprobado o rechazado.
7. Para que un proyecto se apruebe, es necesario contar con la mayoría absoluta de los votos emitidos. En algunos casos, hace falta mayoría agravada: dos tercios de la totalidad de los miembros de la cámara.
8. Una vez que el proyecto se aprueba se convierte en una ley sancionada y se gira al Poder Ejecutivo.
9. El Poder Ejecutivo puede vetar la ley, total o parcialmente, o promulgarla y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.