Durante la octava sesión ordinaria presidida por el vicegobernador Manuel Calvo, el pleno legislativo prestó aprobación al proyecto de ley N° 32045/E/20 iniciado por el Poder Ejecutivo Provincial, para la modificación de los artículos 468 y 474 del Código Procesal Penal de la Provincia de Córdoba – Ley Nº 8123, con el objetivo de garantizar el derecho de recurrir el fallo condenatorio ante el juez o tribunal superior.
La iniciativa fue tratada este miércoles, tras el despacho favorable de las comisiones de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y de Legislación General. De este modo se dio respuesta al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitido en julio del 2020 sobre el caso “Valle Ambrosio y otro Vs. Argentina”, y que revisa el proceso penal que transitaron dos ciudadanos cordobeses con una pena privativa de libertad en el establecimiento carcelario de Bouwer.
La sentencia condena la “inadmisibilidad” declarada por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba a los recursos de casación o extraordinario presentados por las víctimas. Víctimas que luego fueron absueltas de los cargos que dieron origen al proceso judicial.
En este marco, el órgano judicial autónomo de la Organización de Estados Americanos dispuso: “El Estado adecuará, dentro de un plazo razonable, su ordenamiento jurídico interno a los parámetros establecidos en esta Sentencia sobre el derecho de recurrir del fallo ante el juez o tribunal superior, en los términos de lo dispuesto en los párrafos 67 a 70 de la presente Sentencia”.