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Despacho favorable para crear dos nuevas Defensorías Adjuntas en el Ministerio Público de la Defensa

Tendrán competencias específicas: en materia de niñez, adolescencia, violencia familiar y de género; y en materia civil y de familia. Se trató en reunión de las comisiones de Legislación General y la de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdo.

Las comisiones de Legislación General y la de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdo despacharon este lunes el proyecto 41471 de los Legisladores Victoria Busso, Bernardo Knipscheer y Julieta Rinaldi, que modifica los artículos 6 y 12 de la ley 10915, del Ministerio Público de la Defensa (MPD), y propone la creación de dos Defensorías Adjuntas en su seno .

El proyecto indica que los defensores adjuntos tienen las funciones que les delegue el Defensor General, según la materia y el territorio, de modo transitorio o permanente, reservándose a uno de ellos competencia específica en materia de niñez, adolescencia, violencia familiar y de género, y, a otro, competencia en materia civil y de familia.

Para aportar información estuvieron en la reunión conjunta Pedro Yanzi Aspell, secretario de Justicia del Ministerio de Justicia de Córdoba; Pablo Sánchez Latorre, director de Política Judicial y Reforma Judicial del Ministerio de Justicia y Trabajo de Córdoba; y Analía Kiehl, asesora letrada de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género del Poder Judicial.

El texto que tuvo dictamen favorable modifica el artículo 6º de la Ley Nº 10915, de Creación del MPD que quedaría redactado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- Integración. El Ministerio Público de la Defensa está integrado por un Defensor General, cuatro Defensores Adjuntos y los Defensores Públicos de los diversos fueros. Sus cargos se encuentran equiparados en sus remuneraciones a los del Fiscal General, sus Adjuntos y demás Fiscales del Ministerio Público Fiscal, respectivamente. El Defensor General puede establecer el orden de subrogación entre éstos, en caso de vacancia, ausencia o impedimento”. Y modifica el artículo 12 de la Ley Nº 10915 que establece las funciones de las Defensorías.

Cabe recordar que la ley del MPD, aprobada en 2023, reivindica el papel de la defensa pública como un mecanismo fundamental del Estado de Derecho.

Legisladores e invitados coincidieron en que el MPD es un órgano necesario para favorecer el acceso a la Justicia de los sectores vulnerables de la sociedad. Con la aprobación de esta iniciativa, la conducción del Ministerio Público de la Defensa quedará equiparada a la del Ministerio Público Fiscal.

Con este enfoque, es que el Proyecto propone agregar dos Defensores Adjuntos a los ya previstos, a los fines de consolidar la actuación del Ministerio Público de la Defensa en ámbitos sensibles para la asistencia jurídica pública.

En los fundamentos, se invocan las Reglas de Brasilia de 2008 que entiende la especialización, no solo en la actuación directa de la defensa en juicio, sino también en la organización, disposición y control del marco en que aquella se desenvuelve, como una condición prioritaria.

La presidencia de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos está a cargo de Bernardo Knipscheer, y la de Legislación General de Victoria Busso, quien presentó la iniciativa y sus fundamentos.

“Incorporar dos defensorías adjuntas es un aporte valioso para el Poder Judicial y reivindicar el papel de la defensa pública como garante del Estado de Derecho”, dijo Yanzi Aspell. Agregó que el hecho de las Defensorías Adjuntas especializadas resulta “trascendental” dado la complejidad de las tareas.

Por su parte, Sánchez Latorre consideró que esta propuesta es coherente con el sistema interamericano, y los compromisos internacionales asumidos por nuestro país y los nuevos paradigmas.

Analia Kiehl, enfatizó además, que la creación de las dos nuevas defensorías, contribuyen al principio de “paridad de armas”. Un principio procesal que garantiza que todas las partes en un juicio tengan las mismas oportunidades para presentar sus casos. Esto implica que tengan los mismos medios para atacar y defenderse, y que puedan alegar, probar e impugnar con las mismas posibilidades.

En ese contexto, Khiel remarcó que hay 23 asesorías letradas frente a 37 fiscalías y diez juzgados de Control. Y consignó que un 90 por ciento de las víctimas de violencia de género y familiar se atienden en la defensa pública. “Todo el desarrollo y el aumento de los casos de denuncias –estimada en un 67%- no fue compatible con la estructura y el crecimiento de la defensa”, dijo.

Planteos

Si bien los presentes coincidieron en que la defensa pública es fundamental; legisladores de la oposición, anticiparon su rechazo a la iniciativa.

“No voy a apoyar un ensanchamiento del Estado”, dijo la legisladora Alejandra Ferrero quien consideró que es necesario dotar de más recursos dado el aumento de la demanda, que “no necesariamente se resolverá con las nuevas defensorías”.

Walter Nostrala cuestionó: “Recién arranca la ley de Ministerio Público de la Defensa y ya pretendemos agrandarla”.

Brenda Austin, por su parte, señaló: “comparto el principio de especialidad y el concepto de paridad de armas pero un debate como este debe estar fundado en datos. Por ejemplo, cómo va a ser el crecimiento de su planta funcional”.

Por último, Busso expresó: “Hay un debate de paradigmas ante la defensa pública: jerarquizar y robustecer la estructura de la defensa publica es algo que empezamos a discutir desde el año pasado. Los propios defensores públicos vienen a pedir esta ampliación estructura”.

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