Composición de las Comisiones Especiales 1. Tema: Comisiones 2. Frecuencia de actualización: cuando se registren cambios en la conformación de las comisiones. 3. Fuente de datos: Secretaría de Comisiones de la Legislatura de la Provincia de Córdoba. 4. Variables incluidas: id_comisión: es un identificador único para cada comisión. comisión_nombre: refiere a la denominación de cada comisión. tipo: Define el tipo de Comisión. Las comisiones pueden ser permanentes o especiales. En este set de datos se detallan solo las Comisiones Especiales (artículo 79 del Reglamento Interno). apellido: refiere al apellido de cada integrante de las comisiones. nombre: refiere al nombre de cada integrante de las comisiones. masculino: variable dummy que registra 0 (cero) si no es masculino y 1 (uno) si es masculino. femenino: variable dummy que registra 0 (cero) si no es femenino y 1 (uno) si es femenino. dni: Documento Nacional de Identidad de cada legislador. bloque: refiere al nombre del bloque político de cada legislador. El bloque es el grupo de tres (3) o más Legisladores que se organizan conjuntamente de acuerdo a sus afinidades políticas. Cuando un partido político o alianza electoral existente con anterioridad a la elección de Legisladores tenga sólo un representante en la Legislatura, podrá asimismo actuar como bloque. cargo: refiere al cargo de cada Legislador en cada comisión, éstos pueden ser: Presidente, Vicepresidente, Vicepresidente Primero, Legislador Titular, Legislador Suplente o Vocal del Tribunal Superior de Justicia (en el caso del Jurado de Enjuiciamiento que es una comisión interpoderes) 5. Licencia: Creative Commons Attribution 4.0 6. Creador: Secretaría General – Dirección de Gestión de Datos Legislativos. 7. Mantenedor: Secretaría General – Dirección de Gestión de Datos Legislativos. 8. Fecha de publicación: noviembre de 2020 DESCRIPCIÓN: Este set de datos describe la composición actual de las comisiones especiales de la Legislatura de la Provincia de Córdoba. Según el artículo 79 del Reglamento Interno, estas comisiones son aquellas que la Cámara constituye (o autoriza al Presidente a constituir) en los casos que estime conveniente y en aquellos que no estuviesen previstos en el Reglamento, para aconsejar sobre asuntos específicos. Además, pueden ser constituidas a través de leyes, con un objetivo y conformación específico.